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05 MAR 2018

En República Dominicana, el Consejo del Poder Judicial (CPJ) otorgó un plazo de 90 días, contados a partir de 31 de enero del 2018, a los usuarios de la Jurisdicción Inmobiliaria (JI) para que retiren los certificados de títulos que tienen más de seis meses disponibles en los Registros de Títulos del país.

El Poder Judicial explica que la medida obedece al cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 del Reglamento General de Registro de Títulos que indica: “Los duplicados de los Certificados de Títulos, así como los Extractos, se mantendrán en los Registros de Títulos a disposición de los interesados por un plazo de seis meses contados a partir de la fecha de su emisión”.

De no retirar los Certificados de Títulos disponibles para entrega dentro del plazo establecido, el usuario deberá pagar por la expedición de cada certificado, a través de una instancia de solicitud.

El bufete jurídico especializado en derecho internacional MonlexHispajuris, colaborador de la Cámara de Comercio de Mallorca, facilita esta información.