Las solicitudes de mediación registradas en la IMIB se triplican en un año
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21 ENE 2025
Con motivo del Día Europeo de la Mediación, martes 21 de enero, la Junta Directiva de la Institució de Mediació de les Illes Balears (IMIB), entidad integrada por el Colegio de Abogados de Baleares (ICAIB) y por las cámaras de comercio de Mallorca, Menorca e Ibiza y Formentera, quiere expresar públicamente su satisfacción por la positiva evolución que ha seguido este sistema de resolución de conflictos durante el año 2024.
Así, destacan desde la IMIB, las solicitudes de mediación recibidas por la institución se han triplicado, al pasar de las 20 registradas en 2023 a las 59 computadas el pasado año. Un incremento que se ha producido especialmente en la isla de Ibiza, ya que del total de las solicitudes de 2024, 45, es decir el 76,27 por cien, se han registrado en las Pitiüses.
Debe de especificarse que no todas las peticiones se traducen, finalmente, en procedimientos de mediación propiamente dichos, dado que algunos se quedan en la sesión informativa que se ofrece a las partes y en la que se les informa de los principios, las ventajas y los costes de la mediación, de modo que solo al final de esta reunión los interesados deciden si inician el proceso o no.
No obstante, es importante destacar que de los procedimientos efectivamente llevados a cabo, la mitad culminan con acuerdo, un porcentaje que podría crecer una vez que finalicen las sesiones de mediación correspondientes a los procesos iniciados el pasado año. Como curiosidad, se da la circunstancia de que en algún caso de los tramitados el año pasado en el marco del servicio de derivación intrajudicial, las partes que no lograron un acuerdo lo hicieron al retomar la vía judicial, lo que les permitió evitar la celebración de juicio y el resto de los trámites procesales asociados.
Satisfacción entre los usuarios
Otro de los aspectos destacados por la Junta directiva de la IMIB es el hecho de que las valoraciones realizadas por los usuarios revelan que el nivel de satisfacción de quienes se someten a esta vía de solución de conflictos es muy elevado.
Por todo ello, los miembros del órgano rector de la IMIB valoran muy positivamente la evolución de la mediación durante el año pasado, pues, aseguran, constata la creciente confianza que genera este medio no solo en la ciudadanía, sino también entre los juristas, especialmente abogados, jueces y magistrados.
Además, la puesta en marcha del servicio de mediación intrajudicial en Ibiza y Formentera, al margen de haber propiciado solución a conflictos judicializados, ha servido para dar a conocer este medio a muchos ciudadanos y profesionales que han tenido la ocasión de asistir a una sesión informativa.
Retos para el año 2025
En cuanto a los retos que se plantea conseguir este año la Junta directiva figuran aumentar el esfuerzo de difusión de este sistema en Baleares, promoviendo su uso en base a sus ventajas y principios; ofrecer un servicio puntero en resolución de conflictos de la mano del medio centenar de profesionales que conforman el equipo de la IMIB en las islas; fomentar la mediación como requisito de procebilidad, en función de la nueva regulación instaurada por la Ley 1/2025 de eficiencia del servicio público de Justicia; y continuar e intensificar el servicio de mediación intrajudicial, para “hacer presente y visible que la mediación es también un medio para obtener justicia”.
Las ventajas de la mediación
La mediación es un sistema de resolución de divergencias en el que interviene una tercera persona, experta, independiente y neutral, que trata de ayudar a las partes a obtener, por ellas mismas, y adecuadamente asesoradas, un acuerdo mutuamente satisfactorio y que se caracteriza por la confidencialidad del procedimiento y la voluntariedad de las partes en someterse al proceso.
Así, la tarea fundamental del mediador es que las partes comprendan el origen y las consecuencias de sus diferencias y ayudarles a que sean ellas mismas las que lleguen a una solución que satisfaga a ambas. De este modo, la reducción del riesgo de cronificación de los conflictos, la agilidad del procedimiento y la efectividad de los acuerdos de mediación, frente a la lentitud de la Justicia y la dinámica del gana-pierde más propia de los Tribunales, se configuran como las principales ventajas de la mediación.
Es conveniente tener en cuenta, además, el mayor grado de cumplimiento de los acuerdos alcanzados, dado que al ser soluciones propuestas y aceptadas entre las partes y no impuestas por un tercero, resultan, en consecuencia, más fáciles de cumplir.
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