La mediación en la empresas, otra forma de resolver conflictos

11 ABR 2024

El Centro Español de Mediación, la Institución de Mediación de las Illes Balears, la Cambra de Comerç de Mallorca y la Cámara de Comercio de España han organizado una jornada sobre: “La mediación, otra forma de resolver conflictos y potenciar la competitividad y la salud de las empresas", con el fin de exponer las ventajas de la mediación en la resolución de conflictos civiles y mercantiles y poner de relieve la importancia de dar a conocer este sistema entre las empresas. La jornada también ha servido para conocer la mediación en números en Baleares y ha contado con una mesa redonda donde expertos en mediación, profesionales de despachos y abogados especialistas han explorado los desafíos actuales y mostrado las ventajas significativas de este método alternativo de resolución de conflictos para las empresas.

En la inauguración de la jornada, Martín Aleñar, decano del ICAIB, y presidente por rotación de la IMIB, ha destacado que la mediación resulta un canal de solución de discrepancias entre las partes “especialmente adecuado en el ámbito de la empresa, dado que, además de ser una alternativa eficaz y más ágil a la vía judicial, habitualmente permite preservar las relaciones personales y comerciales y, con ello, incidir en la competitividad de las empresas”. Se trata, además, de “un sistema idóneo para prevenir conflictos antes de que éstos escalen, ya sea con terceros o dentro de la propia organización, así como para apoyar procesos de negociación beneficiosos para todos”.

El decano de los abogados de Baleares ha resaltado también las ventajas de la unidad de acción de unas instituciones – cámaras de comercio y colegio de abogados- que, en su momento, apostaron por aunar esfuerzos, “un compromiso que debe de reforzarse en aras de avanzar en un método de resolución de conflictos que presenta un sinfín de prestaciones muy provechosas para las empresas”.

Por su parte el presidente de la Cámara de Comercio, Eduardo Soriano, ha querido poner en valor “la agilidad y la eficacia de la mediación frente a la judicialización de los procedimientos” y la “nota diferenciadora que ofrece la mediación, ya que las partes son capaces de preservar perfectamente sus relaciones comerciales tanto a nivel local y nacional como internacional”. Soriano ha incidido en que “hay que trabajar para que las empresas vean en la mediación una oportunidad para alcanzar acuerdos desde el consenso, a través de un procedimiento extrajudicial y con la ayuda de un mediador neutral que fomente el diálogo y asiente las bases del procedimiento de negociación, que es de las partes. Además, es un mecanismo que “no agota la vía”, por lo que puede ser un primer intento de acuerdo que, si no llega a buen fin, puede seguir con un juicio o un arbitraje”.

El presidente del Centro Español de Mediación (CEM), Rafael Catalá, que ha participado en la inauguración del acto, ha celebrado la reciente aprobación en Consejo de Ministros de la Ley Orgánica de eficiencia del servicio público de justicia, que actualmente se encuentra en tramitación parlamentaria. “Se trata de una buena ley que va a suponer un espaldarazo para que la mediación sea una realidad en España”, ha explicado Catalá, ya que “esta norma establecerá la obligatoriedad de pasar por métodos alternativos como la mediación antes de llegar a los tribunales”.

De esta manera, Catalá ha señalado que establecer “la posibilidad de encontrar soluciones previas a la jurisdicción es una magnífica solución que favorece la cultura del diálogo, del consenso y de las soluciones pactadas sin que ninguna de las partes termine imponiendo una solución”. Por lo tanto, ha continuado Catalá, desde el CEM “esperamos que la aprobación de esta ley se convierta en una realidad pronto y que varios cientos de miles de asuntos se solucionen por vía de la mediación y que así alivien la carga en los tribunales”.

Sobre el papel de las Cámaras de Comercio en la difusión de las ventajas de los medios alternativos de resolución de conflictos, Soriano ha señalado que “están reconocidas legalmente como instituciones de mediación y son un agente fundamental para sensibilizar a las empresas sobre la utilidad de estos mecanismos, que pueden ahorrar tiempo y dinero (evitar el lucro cesante que supone dilatar un asunto judicializándolo) así como sanar relaciones con socios, colaboradores o proveedores”. El Objetivo 16 de la Agenda 2030 (los ODS) establece “promover la paz, la justicia y las instituciones sólidas”. Por ello, Soriano, también ha hecho un llamamiento para “seguir aunando esfuerzos entre instituciones, asociaciones y otros organismos para seguir difundiendo la cultura del acuerdo”. La alianza con el Colegio de Abogados de IB, en nuestro caso, tiene sentido porque “el empresario muchas veces sigue las recomendaciones de su asesor jurídico” por eso es importante que los abogados también estén sensibilizados y prescriban la mediación.

La jornada ha contado con una mesa redonda moderada por, Adolfo Díaz-Ambrona, secretario general de la Cámara de Comercio de España y vicepresidente del Centro Español de Mediación, en la que expertos en el campo de la mediación empresarial han puesto de relieve esta modalidad como instrumento para la resolución de conflictos frente la jurisdicción, explorando cómo promover la mediación en una sociedad acostumbrada a recurrir principalmente a los tribunales. así como conocer de qué manera puede contribuir la mediación de manera efectiva a aliviar la carga de casos sobre los tribunales, especialmente en Baleares, con una tasa de litigiosidad por encima de la media de España. La mesa redonda ha contado con la participación de; Sergio González Malabia, juez decano de Ibiza y magistrado juez de Primera Instancia 3 de Ibiza, promotor del convenio de mediación intrajudicial en el partido judicial de Ibiza y Formentera; Eva Mª Cardona Guasch, abogada, mediadora y miembro de la Junta directiva de la IMIB y de la Junta de Gobierno del ICAIB y Miriam Tort, abogada y mediadora especialista en mediación en empresa familiar.

Díaz-Ambrona ha definido a la mediación como “un factor de competitividad de las empresas, la cultura de la mediación supone una ventaja desde el punto de vista económico y desde el punto de vista del mantenimiento de las relaciones comerciales entre empresas. Soy partidario de que las empresas reciban formación para conocer la mediación e incluir esta cláusula en sus contratos comerciales”. Así, Díaz-Ambrona ha concluido que “para potenciar la mediación debemos hacer énfasis en la cultura de la mediación y en la cultura de la confianza”. 


Por último la mesa redonda ha expuesto la mediación como una herramienta para mejorar la competitividad empresarial y por qué es más eficiente para resolver disputas comerciales.

Cifras de actividad en Balears

La IMIB, que es una asociación sin ánimo de lucro que las tres Cámaras de Baleares y el ICAIB pusieron en marcha en junio del 2013 -al amparo de la Ley 5/2012- ya tiene diez años de experiencia en administrar mediaciones y ha administrado un centenar de ellas desde su constitución, con una media de 12 mediaciones al año, si bien ha notado un aumento de la actividad en los últimos años.

En el año 2023 se registraron veinte solicitudes de mediación en la IMIB (ocho en materia de familia, diez en materia civil o mercantil y dos en el servicio TurnoMedia, específico para resolver posibles diferencias entre abogados del turno de oficio y sus clientes). De ellas, el 50% eran de Ibiza y el resto de Mallorca. En lo que va de año, en el 2024, ya se han tramitado más de 20 mediaciones, siendo Ibiza la isla más activa, gracias al acuerdo de mediación intrajudicial firmado a finales del pasado año.

Ventajas de la mediación

La jornada ha servido para dar a conocer la mediación como método que favorece que las empresas se instalen en una comunidad por su entorno favorable a la actividad económica, facilita el entendimiento reduciendo de manera considerable el tiempo de resolución, el coste económico y la mejora la competitividad.
Judicializar un asunto hace que la solución se alargue en el tiempo, ya que los tribunales están colapsados; además, las sentencias sólo favorecen a una de las partes, quedando siempre la otra como “perdedora”; y la decisión es del juez en base a derecho, no teniéndose en consideración otras cuestiones emocionales o personales del propio conflicto.


Otras ventajas de la mediación:

  • Rapidez: el proceso de mediación puede concluirse en pocas sesiones, siendo siempre más breve que los procesos judiciales.
  • Mantenimiento de las relaciones: en la mediación no hay ganadores ni perdedores, ya que los acuerdos alcanzados son satisfactorios para todos los participantes. Se intenta pactar desde la filosofía del “gano-ganas” enfocando la solución al “interés común”.
  • Buena fe: al ser un proceso voluntario existe una predisposición positiva a trabajar en común para llegar a acuerdos de forma pacífica.
  • Ahorro de costes: los mediados pueden compartir los gastos, en la proporción que pacten y, en general, el proceso es más económico que la vía judicial.
  • Inmediatez: Los participantes acuden personalmente a las sesiones de mediación y establecen ellos mismos las fechas y los plazos entre sesiones.
  • Control: las partes participantes controlan el objeto de la negociación, la organización del tiempo y el contenido de los acuerdos.
  • Poder de decisión: las partes eligen la mejor solución para sus necesidades.
  • Garantía de derechos: Todas las partes pueden contar con el asesoramiento de sus respectivos abogados (y se recomienda que así sea) así como servirse de los informes técnicos que precisen.

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