Régimen del IVA para las agencias de viajes

01 JUN 2020

El objetivo de la consulta pública de la Comisión Europea es reunir las pruebas necesarias para evaluar las normas del régimen especial del IVA para las agencias de viajes y los operadores turísticos. Para conseguirlo, dicha consulta debe compilar las opiniones de todas las partes interesadas sobre el modo en que el régimen especial cumple con sus objetivos (es decir, si todavía sigue siendo eficaz) y la medida en que las normas vigentes todavía son pertinentes y acordes a las necesidades de las partes interesadas. Más concretamente, las pruebas recopiladas a través de la consulta deben permitir evaluar la eficiencia de dichas normas. Esto incluye detectar las posibles distorsiones de la competencia, así como los costes y beneficios legislativos de las empresas gravadas en virtud del régimen especial.

El régimen especial del IVA para las agencias de viajes y los operadores turísticos afecta al sector turístico, a los profesionales que les asisten en materia de IVA y a sus clientes comerciales, así como a las partes interesadas del sector público. El sector turístico engloba a varios tipos de operadores que proporcionan servicios turísticos, y se compone de agencias de viajes y operadores turísticos que utilizan diferentes modelos comerciales.

Se invita a todas estas empresas (incluidas las pymes) a presentar sus observaciones sobre el régimen especial del IVA. Las observaciones de las consultoras, las asociaciones comerciales, empresariales o profesionales, los profesionales en materia de IVA y los viajeros y, más específicamente, los viajeros de negocios, también se tendrán en cuenta. Del mismo modo, se anima a participar a los profesionales del ámbito académico y de la investigación, a los representantes de organizaciones no gubernamentales y al público general. En lo que respecta al sector público, las autoridades públicas de los Estados miembros (ministerios de finanzas y autoridades fiscales) ya han presentado observaciones a través de una encuesta similar, pero menos estructurada. Por tanto, los Estados miembros también tienen la posibilidad de contestar a este cuestionario específico.

Se puede participar en esta consulta pública hasta el 14 de septiembre de 2020.

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