Brexit: implicaciones para los intercambios comerciales de mercancías

A partir del 1 de enero de 2021 el Reino Unido ha quedado fuera de la Unión Aduanera y del Mercado único de la UE y es un tercer país a todos los efectos tanto en comercio de bienes como de servicios.
El 24 de diciembre de 2020, la Comisión Europea y Reino Unido alcanzaron un acuerdo político sobre las condiciones para la futura relación a partir del 1 de enero de 2021. Las condiciones que se acordaron no son equivalentes a las condiciones de las que gozan los Estados Miembros y suponen la aparición de formalidades a los intercambios comerciales.
Para entender mejor dicho acuerdo, la Secretaría de Estado de Comercio/ICEX junto con la Cámara de Comercio de España y la CEOE organizan un webinario para entender los principales elementos del acuerdo por el que se rigen hoy las relaciones entre Reino Unido y la UE profundizando sobre las implicaciones prácticas que esto va a tener para las empresas españolas.
La actividad va dirigida exclusivamente a empresas españolas interesadas en la internacionalización de sus productos y servicios.